lunes, 6 de julio de 2009

La vorágine de la vida sexual de los menores

El proposito de este blog es que podamos satisfacer los deseos de vivir la parte buena del pasado. Los que hoy disfrutamos de los "tragos amargos" de la educación del hogar, la disciplina de la escuela; y las clases de moral y civica, el canto a la patria, y la obligatoriedad del respeto a los demás creemos, equivocados o no, que volver a esa educación, reduciría el deterioro galopante que criticamos a nuestra juventud, a los adultos y a nuestra sociedad.


RELACIONES SEXUALES
EN ADOLESCENTES

Desarrollo biológico.-

El inicio de las relaciones sexuales de las adolescentes antes de completar el ciclo normal de formación como mujer en plena capacidad para la reproducción de la especie, incide en el desarrollo físico y mental de estas, al extremo que acortan la calidad de vida en el período de la juventud, la homogeneidad de la figura humana, e inclusive, adelantando la presencia de signos de envejecimiento.

Afecta sicológicamente, porque no disfrutan la etapa romántica de la existencia, los años en que los humanos idealizan su forma de vida futura, mientras se preparan para enfrentar los desafíos de la preparación profesional para hacer realidad esos sueños, porque todo gran triunfador soñó algún día.

Uno de los avances mas significativos de la mujer es el haberse ganado el derecho a la igualdad de la educación, del trabajo, y borrar el estereotipo de “haber nacido para la casa, parir, criar muchachos, y servirle al marido”. Sin embargo, esos logros los desprecian al preferir aventurarse a la practica irresponsable del sexo prematuro durante sus años de adolescentes, para una vez pasada la vorágine de la novedad, encontrarse sola, con un muchacho a rastro, y con el sino de “madre soltera”.

Lo que es peor aun, presa codiciada por muchos al considerarla fácil, y sin obligaciones y responsabilidades ante los hechos consumados. Encontrar una pareja que realmente la valore y le ofrezca una segunda oportunidad se hace sumamente difícil.

Educación básica.-


La adolescencia es la etapa fundamental para la educación de los jóvenes, convergen en esta la curiosidad por lo desconocido; el atrevimiento de los años que les confunde al creer que han superado la etapa de la niñez; y la libertad que le brinda la asistencia a clases y la ausencia de la madre que trabaja.

Mientras los animales irracionales aprenden de la sexualidad jugueteando con los hermanitos, el hombre aprende practicando la realidad, con las consecuencias inexorables de la naturaleza.

No es por casualidad que del reino animal la unica especie que practica el sexo antes de tiempo, es la raza humana; y que los únicos animales que abusan sexualmente de los menores también es el hombre. No debe ser muy difícil entender a muchos humanos que consideran a los animales irracionales como superiores al hombre en cuanto a estos conceptos, agregándole los significativos ejemplos de la organización laboral de muchas especies, y del trabajo en equipo que también se evidencia.


De acuerdo a las estadisticas, el numero de menores de edad parturientas crece vertiginosamente, especialmente en la region este en el que se estima que 3 de cada 10 partos, son menores de edad viviendo bajo el seno familiar.


Algunas propuestas se han externado para controlar la practica abusiva del sexo entre menores de edad, y una de las mas drastica es el ante proyecto de ley que presentamos a continuacion, esperando los comentarios de los que se sientan comprometidos.




CONGRESO NACIONAL
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

PROYECTO DE LEY QUE CRIMINALIZA
LAS RELACIONES SEXUALES CON MENORES

Considerando: Que la ley establece la mayoría de edad como capacidad de discernimiento de un ser humano para la determinación de lo que quiere y le conviene,

Considerando: Que condiciones que nos llegan con la modernización de la vida socio económico impiden proveer atenciones idóneas para preservar la integridad moral de las nuevas generaciones,

Considerando: Que la condición natural del ser humano lo hace susceptible a la avidez por la carne de forma lasciva, muchas veces sin considerar daños materiales y sicológicos que pudiere causar,

Considerando: El crecimiento alarmante de partos protagonizados por menores de 16 años de edad, muchas de ellas sin la presencia del padre progenitor,

Considerando: El elevado porcentaje de estudiantes que abandonan los estudios como efecto de la vorágine por la carne, sumándose a la gran masa improductiva por falta de educación,

Considerando: Que una de las mayores fuentes de malos ciudadanos lo constituye la procreación irresponsable de niños carecientes de una educación satisfactoria, habida cuenta de que sus propios padres, al no poseerla, no se la pueden inculcar,

Considerando: Que es antihumano pasar por desapercibido la crisis por la cual están pasando nuestra juventud, y no intentar contribuir con, por lo menos, detener el crecimiento de manifestaciones indecorosas que cada día van perdiendo valoraciones morales,

Considerando: Que la proliferación de menores de edad que venden su cuerpo para diligenciarse prendas y banalidades llegan al extremo de fiestas bacanales múltiples en espacios reservados,

Considerando: Que jóvenes menores de edad han encontrado la muerte en accidentes vehiculares, encuentros accidentados, etc., en condiciones de venta de sus facilidades sexuales como vía de solución a sus pretensiones materiales en una sociedad tan competitiva.

Visto: La ley de protección a menores niños niñas, y adolescentes

HA DADO LA SIGUIENTE LEY

Art. 1ro.- Se prohíbe las relaciones naturales de la procreación humana entre una o un adulto y una o un menor de edad.

Art. 2do.- Se prohíbe las relaciones naturales de la procreación humana entre parejas menores de edad.

Art. 3ro.- Queda prohibida toda manifestación pública de sexismo entre menores de edad o de un adulto, a un o una menor de edad por considerarlo tendiente a poner en peligro la integridad y la vida del o de la menor, bien sea en posiciones físicas, o expresion corporal.

Art. 4to.- Se considera como hecho criminal el consenso de uno o mas padres o madres, bien sean natural, reconocido, legítimo o bajo tutela, a sostener relaciones de carácter lascivo con menores en cualquier modalidad.

Art. 5to.- Se estipula como crimen el causar aborto intencional a una menor, aconsejada, dirigida, causada o conducida por persona alguna, bien sea profesional de la medicina, de cualquier otra área, o simple ciudadano indistintamente del país que fuere.

Art. 6to.- Se considera delito criminal agravado la iniciación en la vida sexual de un o una menor, bien de forma natural o contra natura, indistintamente si hubiere o no consentimiento de la o el menor.

Párrafo: en caso de consentimiento de la menor en una relación de forma natural con otro menor, la menor será procesada como cómplice de violación a la luz de los indicios que pudieren considerarse ante la disparidad de las edades.

Art. 7mo.- Todo profesional de las ciencias médicas que detectare un estado de embarazo en una menor, prácticas de copula sexual, o signos de relaciones entre el mismo sexo en menores de edad, está en la obligación de comunicarlo a las autoridades fiscales de protección a menores, Niños, Niñas y Adolescentes, y a los padres.
Al parecer el remedio es drástico, pero sus causas son tragicas.

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